C-LM aplicará mecanismos automatizados para agilizar el gasto en concesión de ayudas y en tramitación de fondos europeos

Archivo - Sede de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de C-LM
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El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado un Acuerdo del Consejo de Gobierno, por el que se sustituye la función interventora por el control financiero permanente en relación con los expedientes de gasto correspondientes a la concesión de subvenciones, que se lleven a cabo mediante actuaciones administrativas automatizadas, ante la carga burocrática que supone la concesión de estas ayudas y la premura que requiere la tramitación de los fondos del Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia.

No obstante, tal y como publica el DOCM y recoge , «esta automatización debe ir acompañada de las actuaciones necesarias para verificar que el procedimiento de gestión incluye los controles sistemáticos demandados para salvaguardar el cumplimiento de los requerimientos esenciales de legalidad a que se sujeta la concesión de subvenciones y el reconocimiento de la obligación derivada de la misma».

Señala la Junta que en el ámbito de la actividad administrativa de fomento, la concesión de subvenciones y el reconocimiento de la obligación derivada de la misma constituyen «actividades de compleja y cuantiosa carga burocrática».

Ante la celeridad de la tramitación de tales procedimientos «constituye una demanda especialmente justificada cuando el objeto de tales subvenciones es responder a situaciones de necesidad o a atención de estados de desigualdad en el acceso a determinados bienes o servicios», donde «la prontitud de la gestión administrativa cobra un papel determinante para cumplir debidamente los fines a los que tales ayudas se encaminan».




Asimismo, la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas señala que «la premura en dicha tramitación adquiere especial protagonismo en la aplicación de los fondos del Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia (MRR), necesitada de una agilidad que, sin mengua del control, haga posible la ejecución satisfactoria de los mismos».

Un contexto, este, en el que la «demanda de celeridad y seguridad cobra singular relieve y a la que pueden y deben dar respuesta los recursos tecnológicos disponibles para automatizar los procedimientos administrativos que reúnan las condiciones requeridas al efecto».

En este escenario, el control interno no solo debe adaptarse a estas necesidades, sino que ha de propiciar esta trasformación del procedimiento administrativo posibilitada por el uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

«Con el fin de contar con un instrumento que ofrezca una respuesta ágil a los diferentes órganos gestores que prevean utilizar la actuación administrativa automatizada en la gestión de subvenciones», pues resulta aconsejable «habilitar la posibilidad de sustitución, en estos casos, de la función interventora por el control financiero permanente, así como que esta sustitución de la modalidad de control se haga de forma diferida».

Por ello, se faculta a la Intervención General para determinar los expedientes de gasto en los que dicha sustitución deba concretarse, tras la comprobación de que los sistemas de gestión operativos garantizan la aplicación de los controles necesarios.