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Publicado 28 Apr 2025 08:44
MADRID/TOLEDO 28 Abr. –
El Gobierno y las comunidades autónomas se reunirán este lunes, 28 de abril, en Madrid en la Conferencia Sectorial extraordinaria de Infancia y Adolescencia para abordar el reparto de menores migrantes no acompañados, con la Comunidad de Madrid y Aragón en contra de la convocatoria.
Según han confirmado fuentes ministeriales a Europa Press, la reunión estará presidida por la ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, comenzará a las 16.00 horas y tendrá lugar en Sala de Juntas del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
Este encuentro se producirá tras la aprobación en el Congreso de los Diputados del real decreto-ley para garantizar una acogida solidaria de los niños en situación de desamparo que se encuentran actualmente en Canarias y Ceuta.
El Congreso de los Diputados convalidó el 10 de abril el real decreto-ley para repartir a los menores migrantes no acompañados. En concreto, este contó con 179 votos a favor (PSOE y socios), 170 en contra (PP y Vox) y una abstención de UPN. Este, fruto de un acuerdo entre Gobierno y Junts, modifica el artículo 35 de la Ley de Extranjería y establece los criterios de reparto de menores migrantes entre las autonomías.
Precisamente, la mayoría de las autonomías gobernadas por el PP se han mostrado en contra del reparto de menores migrantes del Gobierno, al considerar que «invade competencias autonómicas».
En este sentido, la consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila, expresó el viernes 25 de abril su rechazo a la convocatoria de la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia y pidió a través de una carta a Rego la cancelación de la misma. «Somos nosotros quienes tenemos la competencia de proteger los derechos de los menores. Especialmente, cuando se trata de atenderles en situación de desamparo, la peor en la que se puede encontrar un niño», valoró.
Por su parte, el Gobierno de Aragón ha decidido llevar a los tribunales, con un nuevo recurso contencioso-administrativo, la convocatoria de la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia para este lunes. A su juicio, el reparto de menores migrantes establece un «trato favorable» a los intereses de Cataluña en esta cuestión.
En julio del año pasado el Congreso rechazó la toma en consideración de la proposición de ley registrada por PSOE, Sumar y CC para repartir a menores migrantes, con el voto en contra de PP, Vox y Junts. Desde entonces, el Gobierno ha negociado con los grupos parlamentarios para dar una solución a los territorios con sobreocupación.
En esta línea, la Comisión Interministerial de Inmigración del Gobierno aprobó el martes 8 de abril la creación de un grupo de trabajo para la coordinación y el seguimiento del reparto de menores inmigrantes entre las comunidades autónomas.
El texto aprobado modifica el artículo 35 la Ley de Extranjería añadiéndole cuatro puntos. El 35 bis establece que la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia mantiene su plena autonomía y puede adoptar sus propias decisiones si las acuerda por unanimidad. Este punto indica, además, que la comunidad que cuente con una presencia de menores extranjeros no acompañados que triplique su capacidad ordinaria se encontrará en situación de contingencia migratoria, lo que trasladará al Gobierno para que active los mecanismos de reubicación.
El artículo 35 ter establece una serie de criterios para la distribución de los menores, como la población, la renta per cápita, la tasa de paro, el esfuerzo realizado anteriormente, el dimensionamiento estructural del sistema de plazas o la condición de ciudad fronteriza o de insularidad de cada territorio. Estos pueden ser modificados también por unanimidad por la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia.
La modificación legislativa regula, en el artículo 35 quater, cómo debe llevarse a cabo el registro del menor no acompañado. Así, cuando un menor llegue a una comunidad y esta se encuentre en situación de contingencia migratoria extraordinaria, el traslado a la comunidad de destino debe producirse en el plazo de 15 días desde que se complete el registro del menor.
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