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Publicado 4 Jul 2025 14:32

MADRID/TOLEDO 4 Jul. –
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha anunciado que mantiene abierto, hasta el 21 de julio, el trámite de audiencia e información pública sobre el proyecto de real decreto por el que se regula el procedimiento administrativo para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las indicaciones geográficas protegidas (IGP).
De acuerdo con un comunicado del Departamento que dirige Luis Planas, otras solicitudes de inscripción que contempla el proyecto de real decreto son las denominaciones de origen protegidas (DOP), y las especialidades tradicionales garantizadas (ETG) en el registro comunitario.
La regulación incluye aspectos como las solicitudes de modificación de los pliegos de condiciones y de su cancelación. A su vez, establece los procedimientos de las declaraciones de oposición a todas ellas durante la fase nacional.
Igualmente, el real decreto regulará la oferta de vino y productos agrícolas con denominaciones de origen protegidas o indicaciones geográficas protegidas, y también actualizará determinadas cuestiones en materia de control oficial de estos distintivos de calidad de ámbito nacional supraautonómico.
Desde el Ministerio han resaltado que esta iniciativa responde a la entrada en vigor del Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, que regula las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como las ETG y los términos de calidad facultativos.
Por otro lado, el nuevo real decreto reemplazará al Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, para adecuar la normativa nacional a esta nueva normativa comunitaria, instrumentar de un modo más eficaz los procedimientos a que se refiere y reducir las cargas administrativas.
«Además de regular el procedimiento nacional para las DOP e IGP cuyo ámbito territorial sea superior al de una comunidad autónoma y para las ETG, determinados preceptos serán también de aplicación con carácter de legislación básica a aquellas figuras de calidad diferenciada cuyo ámbito territorial se circunscriba solamente al de una comunidad autónoma y que administrativamente dependen, por tanto, de la correspondiente Administración autonómica», ha indicado el Ministerio de Agricultura.
Asimismo, la nueva norma incluirá funcionalidades de coordinación de las autoridades competentes de las comunidades autónomas y del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a través de la Mesa de Coordinación de la Calidad Diferenciada.
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